Instalaciones de paneles solares en comunidades de vecinos

Para una comunidad de propietarios de Badajoz con una cubierta adecuada, la alternativa con mayor retorno económico a medio y largo plazo suele ser que la propia comunidad —o los vecinos participantes— financie y sea propietaria de la instalación de autoconsumo colectivo, en vez de alquilar la cubierta a Iberdrola para que Iberdrola sea propietaria de las placas.

Instalación de paneles solares en tejado de comunidad de vecinos en Badajoz

La diferencia fundamental es sencilla:

Instalación propiedad de la comunidadCubierta cedida a Iberdrola
Las placas son de los propietariosLas placas son de Iberdrola
La comunidad realiza la inversiónIberdrola realiza la inversión
El ahorro energético queda para los participantesLos vecinos pagan una suscripción para participar
La comunidad decide el reparto de la energíaIberdrola comercializa la energía
Los excedentes pertenecen al autoconsumo de los participantesIberdrola controla la explotación de la instalación
Después de amortizarla sigue produciendo para los propietariosLa comunidad recibe principalmente un canon por el tejado
Se pueden elegir instalador y comercializadorasSe entra en el modelo comercial de Iberdrola
Mayor inversión y algo más de gestión0 € de inversión y gestión mínima

La propia Iberdrola reconoce expresamente los dos modelos: en su «Comunidad Solar Cliente» el cliente hace la inversión, es propietario y decide el reparto de la energía; en la «Comunidad Solar inversión Iberdrola» Iberdrola hace la inversión, es propietaria de la planta y comercializa la energía, pagando al propietario de la cubierta un canon anual. (Iberdrola)


Los números en Badajoz

Las 21 comunidades solares que Iberdrola acaba de anunciar en Badajoz suman:

1,83 MWp → 2,6 GWh/año.

Eso equivale a aproximadamente:

1.421 kWh producidos al año por cada kWp instalado.

Por tanto, una instalación propia de:

100 kWp → unos 142.000 kWh/año.

Es una referencia especialmente útil porque procede de instalaciones reales/proyectadas por Iberdrola en la propia ciudad, no de una simulación genérica de España. (Iberdrola España)

Como referencia de costes locales, la Diputación de Badajoz está utilizando para proyectos de autoconsumo colectivo un intervalo de 600-940 €/kWp como rango de presupuesto de ejecución material compatible con condiciones de mercado. Una instalación de 100 kWp estaría, por tanto, aproximadamente en 60.000-94.000 € de PEM, aunque un presupuesto para una comunidad concreta puede incluir otros conceptos. (Diputación de Badajoz)

En un bloque de 40 viviendas, 80.000 € de inversión equivaldrían, si participaran todos por igual, a unos 2.000 € por vivienda.

Además, APPA Renovables calcula para 2025 que una instalación residencial típica produce un ahorro medio equivalente a 189 €/kW instalado al año y sitúa la recuperación habitual de la inversión residencial alrededor de 6-7 años, sin incluir posibles deducciones fiscales. Para instalaciones comerciales/industriales estima recuperaciones de unos 5-6 años. (APPA Renovables)

Esto significa que el planteamiento económico no es únicamente:

«¿Cuánto cuesta poner las placas?»

sino:

«¿Preferimos pagar ahora un activo que puede amortizarse en varios años y conservar después toda su producción, o entregar el tejado durante años y dejar que sea Iberdrola quien capture esa rentabilidad?»


Una ventaja fiscal especialmente importante en 2026

El Real Decreto-ley 7/2026 ha creado específicamente una deducción de IRPF para autoconsumo renovable.

Los propietarios de viviendas situadas en edificios predominantemente residenciales pueden deducirse durante 2026 el 20 % de las cantidades que satisfagan por la instalación de autoconsumo, con una base máxima de 5.000 € anuales por contribuyente. Las subvenciones recibidas deben descontarse de la base y los pagos deben hacerse mediante medios bancarios admitidos por la norma. (BOE)

Por ejemplo:

  • Aportación del propietario: 2.000 €
  • Deducción potencial: 400 €
  • Coste después de la deducción: 1.600 €

Siempre condicionado a que el propietario y los pagos cumplan los requisitos fiscales.

Si Iberdrola es quien paga las placas, evidentemente el propietario no ha realizado esa inversión y no puede aplicar esta deducción sobre una inversión que no ha soportado.


También existe una bonificación muy importante del ICIO en Badajoz

La ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Badajoz contempla una bonificación del 95 % de la cuota del ICIO para instalaciones de aprovechamiento solar que reúnan sus requisitos. Entre ellos está que la instalación represente al menos el 50 % del suministro energético correspondiente; en propiedad horizontal debe acreditarse respecto de los inmuebles afectados. (Diputación de Badajoz)

Además, en una comunidad de propietarios la solicitud debe presentarla la propia comunidad e incluir, entre otra documentación, la relación de inmuebles participantes, referencias catastrales, propietarios, porcentajes de participación y potencia instalada. (Diputación de Badajoz)

Por tanto, una instalación propia puede combinar:

ahorro de electricidad + compensación de excedentes + deducción IRPF + bonificación ICIO.


Qué puede hacer exactamente la comunidad con sus propias placas

No es obligatorio que la electricidad vaya únicamente al ascensor y a las zonas comunes.

El IDAE contempla expresamente varias posibilidades:

  • Alimentar únicamente consumos comunes.
  • Repartirla únicamente entre viviendas.
  • Combinar viviendas y consumos comunes.
  • Incorporar diferentes CUPS.
  • Repartirla con porcentajes diferentes según consumo, inversión o cualquier otro criterio acordado.
  • Utilizar coeficientes de reparto distintos dependiendo incluso de la hora.
  • Compensar económicamente los excedentes que no se consuman. (Idae)

Además, desde marzo de 2026 la distancia para determinadas instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo colectivo conectadas a través de la red se amplió hasta 5 km para instalaciones de hasta 5 MW. (BOE)

Por tanto, una cubierta grande podría incluso diseñarse para compartir generación con consumidores próximos, aunque esto aumenta la complejidad administrativa.


Trámites para hacerlo en propiedad

El proceso no requiere que los vecinos hagan personalmente todas las gestiones. Se puede contratar una empresa instaladora «llave en mano» para que realice prácticamente toda la tramitación. El propio IDAE recomienda solicitar al menos tres presupuestos. (Idae)

El procedimiento básico sería:

  1. Estudio previo de la cubierta y consumos. Se analiza superficie, orientación, sombras, estructura, facturas eléctricas de viviendas y zonas comunes y se dimensiona la potencia óptima. No interesa poner el máximo número posible de placas, sino dimensionar correctamente la instalación para maximizar el autoconsumo.
  2. Acuerdo de Junta de propietarios. La mayoría necesaria depende de cómo se configure la instalación. La LPH permite aprobar determinados sistemas comunes o privativos de energías renovables con 1/3 de propietarios y 1/3 de cuotas; para actuaciones de uso común dentro de determinados límites económicos puede bastar la mayoría simple. Los propietarios que no voten expresamente a favor en los supuestos del artículo 17.1 no soportan el coste. (BOE)
  3. Elegir participantes y sistema de reparto. Por ejemplo, zonas comunes + 30 de los 50 pisos. Se acuerda qué porcentaje de producción corresponde a cada uno. El acuerdo de reparto debe ser firmado por todos los consumidores asociados y la suma de los coeficientes debe alcanzar el 100 %. (Idae)
  4. Proyecto, presupuesto y contratación del instalador. Por debajo de 10 kW basta memoria técnica; instalaciones mayores necesitan el correspondiente proyecto. Si supera 15 kW y tiene excedentes puede ser necesario tramitar acceso y conexión con la distribuidora; el instalador puede realizarlo en representación de la comunidad. (Idae)
  5. Ayuntamiento de Badajoz. Licencia, declaración responsable o autorización correspondiente, liquidación del ICIO y petición de la bonificación del 95 % cuando proceda. Es importante tramitar correctamente la bonificación dentro del momento establecido por la ordenanza. (Diputación de Badajoz)
  6. Instalación y legalización. La empresa instala los paneles, inversores, protecciones, contador de generación, etc., y tramita el Certificado de Instalación Eléctrica ante la Junta de Extremadura. (Idae)
  7. Código de Autoconsumo y distribuidora. Se obtiene el CAU y se comunica el autoconsumo a la distribuidora.
  8. Alta de cada participante. Se envía el acuerdo de reparto a las comercializadoras; la distribuidora modifica el contrato de acceso y cada comercializadora incorpora el autoconsumo a la factura de cada vecino. Puede nombrarse un gestor de autoconsumo para representar a todo el colectivo y evitar que el presidente o administrador tenga que ocuparse de cada modificación. (Idae)

Puedes ver el detalle de mayorías, plazos y documentación en nuestra guía de autoconsumo en comunidades de vecinos.


No es necesario excluir a Iberdrola

Hay una cuestión importante: ser propietarios de las placas no significa necesariamente no trabajar con Iberdrola.

La propia compañía ofrece precisamente el modelo Comunidad Solar Cliente, en el que:

la comunidad paga → la comunidad es propietaria → Iberdrola instala, legaliza, pone en marcha y puede gestionar el sistema. (Iberdrola)

Por tanto, la comparación correcta sería pedir al menos:

  • Oferta A — Iberdrola como propietaria: nos alquila la cubierta, paga la instalación y nos dice qué canon ofrece.
  • Oferta B — Iberdrola como instaladora: nosotros compramos la instalación y ellos hacen el proyecto llave en mano.
  • Oferta C — otros instaladores: pedir dos o tres ofertas equivalentes.

Después se comparan a 20 años.


Por qué económicamente puede ser mejor ser propietarios

En el modelo del alquiler de cubierta, Iberdrola ofrece cero inversión, operación y mantenimiento a su cargo y un canon para el dueño del tejado. Pero Iberdrola confirma que ella conserva la propiedad de la instalación y comercializa la producción entre los participantes mediante una cuota de suscripción. (Iberdrola)

En propiedad ocurre lo contrario:

  • La inversión queda en el edificio.
  • La producción pertenece al autoconsumo de los propietarios.
  • El ahorro de la electricidad queda en los propietarios.
  • Los excedentes se compensan a los participantes.
  • Después de amortizar la inversión continúa el ahorro.
  • No se entrega durante años el aprovechamiento económico del tejado a un tercero.

Y existe también un efecto patrimonial: la comunidad posee físicamente la instalación que ha pagado.

Un ejemplo muy sencillo

Supongamos:

  • 40 viviendas
  • 100 kWp
  • ≈142.000 kWh/año en Badajoz
  • ≈80.000 € de inversión orientativa

Coste medio: ≈2.000 € por vivienda.

Si el propietario pudiera aplicar íntegramente la deducción específica de 2026: ≈1.600 € netos por vivienda.

A cambio, la comunidad conserva una instalación de 100 kWp que produce del orden de 142 MWh cada año.

Con Iberdrola, la aportación inicial es 0 €. Pero Iberdrola pone el capital, es propietaria de esos 100 kWp y conserva la explotación económica; la comunidad recibe el canon pactado y los vecinos que quieran consumir esa energía entran en el Servicio Solar mediante suscripción.

La página actual de Iberdrola anuncia para esos participantes un ahorro estimado de hasta el 30 %, pero no significa que el consumidor reciba gratuitamente toda la producción de las placas que están encima de su edificio. (Iberdrola)


El argumento esencial para plantearlo en una Junta

Ceder la cubierta a Iberdrola tiene sentido si la comunidad no quiere invertir dinero ni asumir gestión o riesgos.

Pero si el edificio dispone de una buena cubierta, los propietarios pueden financiar razonablemente la instalación y se diseña bien el autoconsumo, es económicamente más interesante estudiar primero la propiedad de las placas.

Iberdrola ofrece el alquiler precisamente porque una cubierta solar tiene valor económico: invierte en la planta, recupera la inversión mediante su explotación y obtiene un rendimiento. Si la comunidad realiza esa inversión directamente, ese rendimiento puede permanecer en los propietarios en lugar de trasladarse a Iberdrola.

Además, en 2026 concurren tres circunstancias especialmente favorables en Badajoz: producción solar elevada —aprox. 1.421 kWh/kWp/año según los propios proyectos de Iberdrola—; deducción estatal específica del 20 % para propietarios de viviendas en edificios residenciales; y bonificación municipal potencial del 95 % del ICIO. (Iberdrola España)

Por eso, antes de firmar un alquiler de cubierta a largo plazo con Iberdrola, lo razonable es pedir un estudio de autoconsumo colectivo en propiedad y tres presupuestos, y comparar el coste y el ahorro acumulados a 10, 15 y 20 años con el canon que realmente ofrezca Iberdrola. Ese es el cálculo que permite saber cuánto dinero supone realmente entregar o conservar la cubierta.

Si tu comunidad está en Badajoz capital o en cualquier municipio de la provincia, en ExtremaduraSolar hacemos ese estudio de autoconsumo colectivo y comparamos presupuestos reales de instalación en propiedad, sin compromiso. También puedes consultar nuestra guía general de autoconsumo eléctrico en Extremadura.


Preguntas frecuentes sobre comunidades solares en Badajoz

¿Es mejor que la comunidad sea propietaria de las placas o alquilar el tejado a Iberdrola?

Si la cubierta es adecuada y la comunidad puede financiar la instalación, ser propietaria suele dar mayor retorno a medio y largo plazo: el ahorro, los excedentes y la producción quedan para los vecinos, en vez de recibir solo un canon por ceder el tejado. Alquilar a Iberdrola tiene sentido si la comunidad prefiere no invertir ni asumir gestión.

¿Qué deducción fiscal existe en 2026 para el autoconsumo de una comunidad de propietarios?

El Real Decreto-ley 7/2026 permite a los propietarios de viviendas en edificios residenciales deducirse en el IRPF el 20 % de lo pagado por la instalación de autoconsumo durante 2026, con una base máxima de 5.000 € anuales por contribuyente. Esta deducción solo la puede aplicar quien realiza y paga la inversión, no si es Iberdrola quien la financia.

¿Qué mayoría necesita una comunidad de propietarios en Badajoz para instalar placas solares?

La Ley de Propiedad Horizontal permite aprobar sistemas de energías renovables con el voto favorable de 1/3 de los propietarios que representen 1/3 de las cuotas de participación, sin necesidad de unanimidad. Los propietarios que no voten a favor en estos supuestos no están obligados a asumir el coste.

¿Existe alguna bonificación municipal en Badajoz para instalar autoconsumo?

Sí, el Ayuntamiento de Badajoz bonifica hasta el 95 % de la cuota del ICIO para instalaciones de aprovechamiento solar que cumplan sus requisitos, entre ellos que la instalación cubra al menos el 50 % del suministro energético correspondiente.

¿Puede una comunidad ser propietaria de las placas y aun así trabajar con Iberdrola?

Sí. Iberdrola ofrece también el modelo «Comunidad Solar Cliente», en el que es la propia comunidad quien paga y es propietaria de la instalación, mientras Iberdrola se encarga de instalarla, legalizarla y ponerla en marcha.


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