Generar energía en la cubierta de un edificio de pisos es cada vez más habitual en Extremadura, y no hace falta el permiso de todos los vecinos para empezar. Te explicamos cómo funciona el autoconsumo en comunidades de fincas: qué mayoría hace falta, quién paga, cómo se reparte la energía entre los pisos, y qué puedes esperar de una instalación real.
¿Cuántos votos hacen falta en la junta de propietarios?
Es el mito más extendido y el que más frena a las comunidades: no hace falta unanimidad. El artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, modificado por el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, establece que basta con el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación para instalar placas solares en zonas comunes —tejado, azotea o fachada—. No necesitas convencer a todo el edificio, solo a una parte. Antes de esta reforma (vigente desde octubre de 2021) solía exigirse una mayoría mucho más amplia, lo que frenaba muchos proyectos.
Quién paga y quién se beneficia
Los costes de instalación y mantenimiento se reparten únicamente entre los propietarios que voten a favor y se sumen al proyecto. Quien no participe no paga nada, pero tampoco recibe el ahorro en su factura. Eso sí: la ley reconoce un derecho permanente a sumarse más adelante, así que un vecino que hoy diga que no puede cambiar de opinión el año que viene y unirse a la instalación ya existente.
Cómo se reparte la energía entre los pisos
Esto se llama autoconsumo colectivo y está regulado por el Real Decreto 244/2019. La energía generada en la cubierta se reparte entre los pisos participantes según un coeficiente de reparto acordado por la comunidad —puede ser fijo (el mismo porcentaje siempre) o dinámico (varía según el consumo de cada vivienda en cada momento)—. Cada propietario sigue teniendo su propio contrato de luz y su propia factura; el autoconsumo simplemente descuenta su parte de la energía generada.
Ejemplo real: qué produce una instalación en la cubierta de un edificio
Para que te hagas una idea de las cifras reales de un proyecto de este tipo (cubierta de un edificio o aparcamiento comunitario, no es una oferta concreta sino un ejemplo orientativo de mercado):
| Dato | Valor orientativo |
|---|---|
| Potencia instalada | 77 kWp (128 módulos) |
| Producción anual estimada | ~112.500 kWh |
| Tasa de autoconsumo | ~40-45% |
| Amortización estimada | 3 años |
| Ahorro en CO2 | ~34 toneladas/año |
En una cubierta comunitaria, la producción se reparte entre todos los pisos que se hayan sumado al proyecto, según el coeficiente acordado en junta.
Pasos para llevarlo a tu junta de propietarios
- Solicita un estudio previo de la cubierta: orientación, sombras, superficie disponible y potencial de generación.
- Lleva la propuesta a la orden del día de la próxima junta, con presupuesto y coeficiente de reparto propuesto.
- Vota: recuerda que solo hace falta un tercio de propietarios y un tercio de cuotas a favor.
- Firma el acuerdo de reparto entre los participantes y el contrato de compensación de excedentes.
- Tramitación y instalación: boletín eléctrico, alta de autoconsumo colectivo y montaje.
Preguntas frecuentes sobre autoconsumo en comunidades de fincas
¿Hace falta el permiso de todos los vecinos para instalar placas solares?
No. Desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, basta con el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas de participación (artículo 17.1 LPH).
¿Qué pasa si un vecino no quiere participar?
No paga nada de la instalación ni del mantenimiento, pero tampoco recibe el ahorro en su factura. Conserva el derecho a sumarse más adelante si cambia de opinión.
¿Cómo se reparte la energía generada entre los pisos?
Mediante un coeficiente de reparto acordado por los propietarios participantes, que puede ser fijo o variar según el consumo de cada vivienda. Cada piso mantiene su propio contrato y factura eléctrica.
¿Quién se encarga de la tramitación en una comunidad?
En ExtremaduraSolar nos encargamos de todo el proceso: estudio de la cubierta, presupuesto, boletín eléctrico y alta de autoconsumo colectivo, para que la comunidad no tenga que gestionar la parte técnica.
¿Eres administrador de fincas o presidente de una comunidad y quieres llevar una propuesta con números reales a la próxima junta? Consulta también nuestro artículo sobre autoconsumo fotovoltaico para comunidades y negocios o solicita un estudio sin compromiso.
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