Comunidades energéticas a un paso de legalizarse
El Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) informó que las comunidades energéticas están a un paso de legalizarse con la próxima aprobación del Real Decreto para regular las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha lanzado a información pública el texto de un Real Decreto para regular las dos figuras jurídicas comprendidas dentro del ámbito de las comunidades energéticas: las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía. Estas comunidades contarán con un cupo específico en las subastas de Régimen Económico de Energías Renovables (REER) y con reserva de capacidad en los nudos de la red eléctrica objeto de concurso para garantizar la evacuación de su producción.
Estatutos de las comunidades energéticas
El próximo Real Decreto favorecerá el establecimiento de los estatutos de las comunidades energéticas que ya han formalizado las cooperativas de Viver, Atzeneta, Burriana y Vilanova d’Alcolea, entre otras. Esta aprobación ayudará a su implementación y puesta en marcha.
Oppidumenergía y las cooperativas de Castellón
Oppidumenergía, la comercializadora eléctrica de las Cooperativas de Castellón, ha trabajado de forma conjunta con varias de las cooperativas de la provincia para llevar a cabo diferentes comunidades energéticas en todo el territorio. Opidumenergía asesora en los trámites administrativos para la puesta en marcha.
Sin amparo legal
Hasta la fecha, las comunidades energéticas se encontraban sin un amparo legal que las regulase, pero gracias a la nueva propuesta de Real Decreto, la regulación y el desarrollo de las comunidades energéticas está cada vez más cerca.
Nueva forma de enfocar la electricidad
Las comunidades energéticas son una nueva forma de enfocar la generación, distribución y comercialización de la electricidad. Proporcionará a las cooperativas la posibilidad de poner a sus socios en el centro del nuevo paradigma energético en beneficio de la sociedad y su sostenibilidad medioambiental, social y económica.
Acceso al REER y subastas periódicas
La propuesta legislativa del MITECO contempla el acceso al REER por parte de las comunidades energéticas y a las subastas periódicas con las que se otorga esta retribución regulada. Las subastas considerarán las particularidades de las comunidades para competir con otros participantes e incluirán cupos de potencia específicos para ellas.
Ayuda en gestiones y trámites administrativos
«Desde Oppidumenergía ayudamos en las gestiones y asesoramos en los trámites administrativos, para que la puesta en marcha de la comunidad energética sea lo más sencilla posible», comentan desde la comercializadora.
Beneficios ambientales, económicos y sociales
Las comunidades energéticas permiten que los ciudadanos produzcan, consuman, almacenen, compartan y vendan energía renovable colectivamente. Su finalidad principal es proporcionar beneficios ambientales, económicos y sociales a sus miembros y al entorno en el que desarrolla su actividad, más que una rentabilidad financiera.
Ligadas al autoconsumo
Las comunidades están directamente ligadas al autoconsumo, ámbito que se está desarrollando a gran velocidad en España: la potencia instalada se ha multiplicado por 12 desde el año 2018 y ya supera los 5 GW.
Ejemplo de comunidad energética
Un ejemplo de comunidad puede ser un pueblo con instalaciones solares fotovoltaicas de autoconsumo colectivo, vehículos eléctricos compartidos y puntos de recarga, una calefacción centralizada de biomasa y solar térmica (que también permita climatizar unas instalaciones deportivas), y un sistema de gestión de la demanda de energía, junto con una app para informar a los partícipes.
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía tienen muchos puntos en común. Por ejemplo, pueden adquirir distintas formas jurídicas, pueden participar en todos los mercados organizados de producción de energía eléctrica, y deben estar integradas por un mínimo de cinco socios o miembros, sin que ninguno supere el 51% de los votos, que han de ser personas físicas, administraciones locales o empresas de pequeño tamaño.
Proximidad a las instalaciones energéticas
En el caso de las comunidades de energías renovables, los socios o miembros deben estar situados en las proximidades de las instalaciones de renovables, a una distancia que dependerá de la población del municipio. En el caso de los municipios pequeños o en riesgo de despoblación, se amplía el radio de actuación para conseguir un número adecuado para la constitución.